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SANTIAGO 26: LAS LEYES DE VOTOS Y JURAMENTOS, Dr. Stephen E. Jones


Capítulo 26
LAS LEYES DE VOTOS Y JURAMENTOS


A estas alturas debería ser claro con qué frecuencia Santiago citó el Evangelio de Mateo en su epístola. Lo hace de nuevo en Santiago 5:12,

12 Pero sobre todo, hermanos míos, no juréis, ni por el cielo ni por la tierra o por ningún otro juramento; sino que vuestro sí sea sí, y vuestro no, no; para que no caigáis en condenación.

Esta es una referencia al Sermón de la Montaña, donde Jesús dice en Mat. 5: 33-37,

33 Una vez más, vosotros habéis oído que a los antiguos se les dijo: "No jurarás en falso, sino que cumplirás tus votos al Señor". 34 Pero yo os digo: No juréis en absoluto, ni por el cielo, porque es el trono de Dios, 35 ni por la tierra, porque es el estrado de sus pies; ni por Jerusalén, porque es la ciudad del gran rey. 36 Ni tampoco jurarás por tu cabeza, porque no puedes hacer un pelo blanco o negro. 37 Mas sea vuestro hablar: "Sí, sí" o "no, no"; cualquier cosa más allá de esto, de mal procede.


En cuanto a la tradición judía de juramentos

La tradición y la práctica judía era algo que tanto Jesús como Santiago enfrentaban todos los días en Jerusalén. De acuerdo con el tracto talmúdico Shevuoth, había cuatro tipos de juramentos:

1. Un juramento promisorio, donde alguien podía jurar ya sea para hacer algo o no hacer algo.
2. Un juramento vano y erupción, en la que alguien podría jurar hacer lo imposible; o jurar que había ocurrió un suceso imposible; o jurar que iba a dejar de hacer lo que Dios había ordenado.
3. Un juramento en cuanto a que algo dejado en fideicomiso. Si la propiedad se pierde o es robada, mientras que está en su cuidado, fue a tomar un juramento que él no la robó, mató o destruyó él mismo (Ex. 22:11; Lev. 6: 1-7).
4. Un juramento testimonio ante un juez o magistrado (Num. 5:21).

John Lightfoot (1602-1675) nos dice que la mayoría de las sectas judías expresaron precaución en lo que se refiere a los juramentos vanos. Sin embargo, de algunos de ellos, escribe:

"Sin embargo, concluyeron juramentos vanos en un círculo tan estrecho, que un hombre podría jurar cien mil veces, y sin embargo, no caer en los límites de la prudencia en relación con juramento vano". [Lightfoot, Comentario al Nuevo Testamento del Talmud y Hebraica, Vol. II, p. 127]

En otras palabras, permitieron tanto margen de maniobra en su definición de un juramento vano o erupción que sus restricciones eran bastante sin sentido. Nos informa, además, que a menudo se juraba por el Cielo o la Tierra, diciendo: "Si cualquier otro conjura por el Cielo o la Tierra, no es culpable".

Una vez más, a menudo juraban por el templo. Lightfoot escribe:

"Bava Ben Buta juró por el templo al final del tracto Cherithuth, y Simeón Ben Rabán Gamaliel al principio; 'Y así era la costumbre en Israel'. Tenga en cuenta esto, 'por que era la costumbre' " [Lightfoot, vol. II, p. 128].

También es frecuente que jurasen por Jerusalén y hasta por sus propias cabezas, porque los hombres requerirían a sus vecinos que jurasen la verdad de una declaración o promesa, diciendo: "Júrame por la vida de tu cabeza".

Jesús contradice todas estas tradiciones, diciendo a la gente, "No juréis en absoluto, ni por el cielo ... ni por la tierra ni por Jerusalén ...". El propio Lightfoot comenta sobre esto, diciendo:

"El sentido de estas palabras va en el camino del medio, entre el judío, que permitía algún lugar para un juramento arbitrario; y el anabaptista, que no permite ninguno para lo necesario" [Lightfoot, vol. II, p. 128, 129].

En otras palabras, hay algunos cristianos que llevaron las palabras de Jesús demasiado lejos, y prohíben todos los juramentos, incluso aquellos que fueron mandados por la Ley. Puesto que Jesús no dijo nada de abrogar la Ley, sino que corrige las ideas erróneas de que los hombres, es evidente que Jesús no prohibió a los hombres jurar cuando la Ley lo receta. El mismo Apóstol Pablo fue llevado por el Espíritu a hacer un voto (Hechos 18:18).

Jesús prohibió los juramentos en la rutina diaria de uno, porque si un hombre tiene una reputación de mantener su palabra, no es necesario el juramento. Y si un hombre fuera poco fiable, ninguna cantidad de juramentos sostendría su palabra si desease violar su juramento.


Juicio para juramentos vanos

La Ley no establece ningún juicio particular por romper la palabra dada o por mentir, a menos que, por supuesto, causara daños medibles a otra persona. Sin embargo, la Ley aún podría procesar a un hombre con una paliza de acuerdo a Deut  25: 1-3. La gravedad del caso, determinaba la gravedad de los golpes, según lo determinado por los jueces.

Jesús tampoco prescribió ningún juicio particular en Su discurso, y sólo dijo que nada más allá de un simple sí o no "de mal procede". Santiago interpreta que esto significa, "para que no caigáis en condenación". Lo más probable es que Santiago estuviera hablando del juicio divino directo, en lugar de una paliza por las órdenes de los jueces terrenales.

13 ¿Está alguno entre vosotros afligido? Haga oración …

¿Santiago hace aparecer súbitamente un nuevo tema? Es más probable que esto fuera una continuación del tema anterior. ¿Está alguno entre vosotros afligido bajo el juicio divino por juramentos arbitrarios? Todo miembro debe orar por misericordia y confesar su pecado, para que pueda ser curado.


Esto parece conducir a Santiago a su breve exposición sobre la oración para sanidad.

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